Delegación del Gobierno contra la Violencia de GéneroPor una sociedad libre de violencia de género

Acreditación de la condición de víctima de trata

Acreditación administrativa de la condición de víctima de trata de seres humanos y/o explotación sexual

El artículo 47 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, establece: “Las posibles situaciones vinculadas a la trata de seres humanos y a la explotación sexual, incluidas las derivadas del desplazamiento de personas que huyen del conflicto armado en Ucrania, podrán acreditarse a través de un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por entidades sociales especializadas debidamente reconocidas por las Administraciones Públicas competentes en la materia. Dicha condición la ostentan aquellas entidades que colaboran formalmente con las Administraciones Públicas en la atención a este sector, a través de una subvención pública, un contrato o convenio específicos, o a través de un protocolo oficial u otro instrumento formal en materia de trata o explotación sexual. Esta acreditación dará acceso a los derechos de información y derivación a recursos asistenciales establecidos en la normativa estatal y en el artículo 12 del Convenio de Varsovia y, en caso de cumplir el resto de requisitos, al Ingreso Mínimo Vital”.

En cumplimiento de este artículo, el Gobierno y las Comunidades y Ciudades Autónomas aprobaron en la Conferencia Sectorial de Igualdad de 27 de mayo de 2022 el procedimiento para la acreditación administrativa de la condición de víctima de trata de seres humanos y/o explotación sexual, y establecieron que “el listado de entidades sociales especializadas habilitadas para emitir los informes de detección será determinado de mutuo acuerdo por el Ministerio de Igualdad y las correspondientes Comunidades Autónomas […]. En el caso de las Comunidades Autónomas, serán estas quienes, a través de su representación en la Conferencia Sectorial de Igualdad, designen a las organizaciones habilitadas para emitir los informes de detección” (BOE núm. 167, de 13 de julio de 2022, páginas 100001 a 100011).

En este sentido, y en cumplimiento del Punto Séptimo del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 27 de mayo de 2022, la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género pone a su disposición la relación de entidades y organismos que emiten los informes de detección y los documentos de acreditación en cada Comunidad Autónoma y Ciudad Autónoma.