Delegación do Goberno contra a Violencia de XéneroPor unha sociedade libre de violencia de xénero

Consejo de Seguridad

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tiene la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales. Está compuesto por 15 miembros y cada miembro tiene un voto.

Conforme a la Carta de las Naciones Unidas, todos los Estados miembros de la ONU convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad, siendo el único órgano de la ONU cuyas decisiones son de obligado cumplimiento para los Estados miembros.

En cuanto a sus funciones destacar que, cuando se le presenta una controversia, la primera medida del Consejo es generalmente recomendar a las partes que lleguen a un acuerdo por medios pacíficos. Puede imponer embargos o sanciones económicas, o autorizar el uso de la fuerza para hacer cumplir los mandatos.

El Consejo de Seguridad también recomienda a la Asamblea General el nombramiento del Secretario General y la admisión de nuevos miembros de la ONU y, junto con la Asamblea General, elige a los magistrados de la Corte Internacional de Justicia.

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RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD EN MATERIA DE MUJER, PAZ Y SEGURIDAD:

En el plano internacional, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha aprobado una serie de resoluciones sobre la mujer, la paz y la seguridad que proporcionan un marco para la aplicación y el seguimiento de la agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad:

Resolución 2242(2015), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución fue adoptada el día 13 de octubre de 2015, con ocasión del Examen de Alto Nivel de la Resolución 1325 (2000) y bajo presidencia del Presidente del Gobierno de España.  

Esta resolución es la más ambiciosa de las adoptadas hasta la fecha en esta materia. Ha sido elaborada con lenguaje nuevo en prácticamente todas las áreas que aborda, dedicando partes relevantes de la misma a cuestiones hasta la fecha ausentes del cuerpo normativo sobre mujer, paz y seguridad (extremismo violento, terrorismo y explotación y abusos sexuales por parte del personal de NNUU).

La resolución incluye, entre otros, los siguientes elementos:

  • Referencia a las tres revisiones de paz y seguridad (Operaciones de Paz, arquitectura de consolidación de la paz y mujer, paz y seguridad).
  • Responsabilidad primordial de los Estados en la aplicación de la agenda mujer, paz y seguridad y necesaria rendición de cuentas.
  • La importancia del papel desarrollado por la sociedad civil durante los últimos 15 años y necesidad de financiación a organizaciones de mujeres sobre el terreno.
  • Mejora de la práctica del Consejo de Seguridad, a través de la creación de un grupo informal de expertos, de la integración de esta cuestión en todos los asuntos transversales y geográficos de la agenda del Consejo de Seguridad.
  • Participación de las mujeres.
  • Explotación y abusos sexuales por parte del personal de Naciones Unidas.
  • Lucha contra el extremismo violento y contra el terrorismo.
  • Se menciona algún tipo de mecanismo que articule la monitorización de la aplicación de la resolución 1325.

Tras la adopción de la Resolución 2242 (2015), el marco normativo sobre mujer, paz y seguridad ha mejorado ostensiblemente, quedando pendiente que los Estados miembros, las organizaciones regionales y el sistema de Naciones Unidas, incluido el Consejo de Seguridad con especial responsabilidad en esta materia, asuman su cuota de responsabilidad.

Resolución 2122 (2013), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución incide sobre el grado de cumplimiento y aplicación de la resolución 1325 y la importancia de la participación de las mujeres en todas las fases de la prevención de conflictos, resolución y recuperación.

Resolución 2106 (2013), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución, adoptada en 2013, aborda con un mayor grado de detalle las cuestiones planteadas en anteriores resoluciones. Se reafirma la importancia de la igualdad de género y el empoderamiento político, social y económico de las mujeres en los esfuerzos para prevenir la violencia sexual en los conflictos armados y las situaciones posteriores a los conflictos.  Asimismo, la resolución reitera que  todos los actores, los Estados miembros, el Consejo de Seguridad, el resto de entidades de las Naciones Unidas y las distintas partes en los conflictos armados, deben realizar un mayor esfuerzo para implementar los mandatos anteriores y combatir la impunidad por estos crímenes.  

Resolución 1960 (2010), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución, adoptada en 2010, proporciona un sistema de rendición de cuentas para acabar con la violencia sexual asociada a situaciones de conflicto. En particular, la resolución exige elaborar listas de agresores e informes anuales sobre sospechosos de cometer o ser responsables de actos de violencia sexual. Además, dispone la recogida estratégica, coordinada y oportuna de información y su presentación al Consejo de Seguridad sobre la violencia sexual asociada a situaciones de conflicto, e insta a los Estados a asumir compromisos con plazos concretos para abordar la cuestión.  

Resolución 1889 (2009), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución hace hincapié en la necesidad de fortalecer la implementación y el seguimiento de la resolución 1325, insta a establecer indicadores mundiales, reitera el mandato de aumentar la participación de las mujeres y refuerza los llamamientos a incorporar la perspectiva de género en todos los procesos de adopción de decisiones, especialmente en las fases iniciales de consolidación de la paz después de un conflicto.

Resolución 1888 (2009), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Esta resolución fue adoptada en 2009 y supuso un refuerzo y complemento de la resolución 1820, instaurando un liderazgo, la aportación de conocimientos especializados y la mejora de la coordinación entre las diferentes partes interesadas e implicadas en la respuesta a la violencia sexual asociada a las situaciones de conflicto. En particular, exhorta a todos los Estados miembros a seguir robusteciendo la participación de la mujer en los procesos de paz y a elaborar un conjunto de indicadores para vigilar la aplicación de la resolución.

Además, se establece que en los mandatos de las operaciones de  mantenimiento de la paz se incluyan disposiciones concretas para proteger a las mujeres y los niños y niñas de la violencia sexual en los conflictos armados y se solicita al Secretario General de la ONU que nombre a un Representante Especial del Secretario General para la violencia sexual en los conflictos.

Resolución 1820(2008), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Reconociendo el efecto que tiene la violencia sexual en los conflictos en el mantenimiento de la paz y la seguridad, el Consejo de Seguridad aprobó esta resolución, que se convirtió en la primera en la que se vincula la violencia sexual como táctica de guerra con la mujer, la paz y la seguridad. Así, se reconoce la violencia sexual como táctica de guerra, ya sea cuando se utiliza de forma sistemática para lograr fines militares o políticos o cuando se recurre a ella de manera oportunista por motivos culturales o escudándose en la impunidad. Se refuerza lo establecido por la Resolución 1325 (2000) y se identifica la violencia sexual como amenaza para la paz y la seguridad internacionales que necesita una respuesta desde el punto de vista de la seguridad. Además, se reconoce que esos actos pueden agudizar las situaciones de conflicto armado y constituir un impedimento para el restablecimiento de la paz y la seguridad. También se señala que la violación y otras formas de violencia sexual pueden constituir un crimen de guerra, un crimen contra la humanidad o un acto de genocidio, exigiéndose que las partes en un conflicto armado adopten de inmediato las medidas apropiadas para proteger a los civiles de todas las formas de violencia sexual, incluso mediante el adiestramiento de las tropas y la aplicación de medidas apropiadas de disciplina militar.

  Resolución 1325(2000), relativa a las mujeres, la paz y la seguridad

Sobre esta primera resolución del Consejo de Seguridad en este ámbito se asientan las bases para la labor en materia de género y mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.
Esta resolución fue aprobada por unanimidad en el año 2000 y estableció un marco jurídico y político histórico, reconociendo la importancia de la participación de las mujeres en igualdad y su intervención plena en la prevención y solución de los conflictos, la consolidación de la paz y su mantenimiento. Asimismo, se insta en la resolución a los Estados miembros a que se aumente la representación de la mujer y a la inclusión de la perspectiva de género en las negociaciones de paz, la planificación humanitaria, las operaciones de mantenimiento de la paz, la consolidación de la paz en las situaciones posteriores a un conflicto y la gobernanza.