Delegación del Gobierno contra la Violencia de GéneroPor una sociedad libre de violencia de género

Normativa: Tratamiento de la Violencia contra la Mujer en el Derecho Originario y Derivado de la Unión Europea

En la actualidad, no existe ningún instrumento legal a escala de la UE que aborde la violencia contra la mujer de manera integral y que incluya todas las formas de violencia contra la mujer. Se ha promulgado legislación que aborda formas específicas de violencia como el acoso sexual en el lugar de trabajo y la trata de seres humanos, reconociendo la especificidad del fenómeno en función del sexo, y legislación genérica relativa a las víctimas de delito que incluye a las víctimas de la violencia de género.

En lo que respecta al Derecho Originario, el Tratado de la Unión Europea (TUE), de 7 de febrero de 1992, establece que la Unión se fundamenta en una serie de valores entre los que destaca el respeto a los derechos humanos en una sociedad caracterizada por la no discriminación y la igualdad entre mujeres y hombres. Asimismo, en el artículo 3 e) se afirma que la Unión combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección social, la igualdad entre mujeres y hombres y la protección de los derechos del niño.

Por su parte, el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que en todas sus acciones, la Unión se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad.

Hasta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, las acciones de la UE en relación a la violencia de género encontraban normalmente su justificación en cuanto que sus objetivos generales contribuían al desarrollo de las políticas comunitarias relacionadas con la promoción de la igualdad y la no discriminación por razón de sexo y la protección de la salud pública.

El marco jurídico establecido por el Tratado de Lisboa establece una nueva base legal para la actuación de la UE en relación a la violencia de género, en el marco de la cooperación judicial en materia civil y penal en el espacio de libertad, seguridad y justicia de la UE.

Con respecto al Derecho Derivado, la Directiva 2012/29/UE por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos delimita el concepto de “violencia por motivos de género”.

Textos legislativos y disposiciones de derecho originario y derivado en el ámbito de la UE

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