Agencia Europea de los Derechos Fundamentales (FRA)

La Agencia está en funcionamiento desde el 1 de marzo de 2007 y tiene su sede en Viena. Se crea por el Reglamento (CE) nº 168/2007 del Consejo, de 15 de febrero de 2007.

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La FRA sucede jurídicamente al Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (OERX), y asume todos los derechos y obligaciones legales y los compromisos financieros de aquel.

La Agencia tiene como objetivo brindar asistencia y asesoramiento en materia de derechos fundamentales a las instituciones comunitarias y a los Estados miembros de la Unión Europea (UE) en la aplicación del Derecho comunitario. El objetivo de la Agencia es ayudar a las instituciones, órganos y Estados miembros a respetar plenamente estos derechos.

La Agencia recopila información sobre derechos fundamentales en los ámbitos de competencia comunitarios que se enumeran en el Marco Plurianual. La Agencia está abierta asimismo a la participación de los países candidatos. El Consejo puede decidir invitar a participar en los trabajos de la Agencia a los países que hayan suscrito un acuerdo de estabilización y asociación con la UE. De este modo, facilita la paulatina adaptación de la legislación de estos países al Derecho comunitario, y los apoya en su esfuerzo hacia la integración europea.

Los ámbitos temáticos de actividad de la Agencia se definen en el Marco Plurianual, que tiene una duración de cinco años. Entre esos ámbitos deben figurar la lucha contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia que estos llevan aparejados.

Los cometidos de la Agencia, que deben cumplirse dentro de los límites de los ámbitos temáticos, incluyen:

  • La recopilación, el análisis, la difusión y la evaluación, con total independencia, de los datos e información pertinentes, objetivos, fiables y comparables sobre los efectos concretos de las medidas adoptadas por la UE en los derechos fundamentales, y sobre las buenas prácticas en materia de respeto y fomento de tales derechos.
  • El desarrollo de normas para mejorar la comparabilidad, objetividad y fiabilidad de los datos a escala europea, en cooperación con la Comisión y los Estados miembros
  • La realización de investigaciones y trabajos científicos, estudios preparatorios y de viabilidad.
  • La formulación y publicación de conclusiones y dictámenes sobre temas específicos y sobre la evolución de los derechos fundamentales en la ejecución de las políticas, dirigidos a las instituciones europeas y a los Estados miembros en el marco de la aplicación del Derecho comunitario.
  • La publicación de un informe anual sobre las cuestiones relativas a los derechos fundamentales derivadas de los sectores de actividad de la Agencia.
  • La publicación de informes temáticos basados en sus análisis.
  • La publicación de un informe de actividad anual.
  • El desarrollo de una estrategia de comunicación, y el fomento del diálogo con la sociedad civil, con el fin de sensibilizar a la opinión pública sobre los derechos fundamentales.

La Agencia coordina su acción y crea una red de cooperación con la sociedad civil («Plataforma de los derechos fundamentales») compuesta por diferentes agentes de los derechos fundamentales. Se trata con ello de intercambiar información y poner en común conocimientos, y de garantizar una estrecha cooperación entre la Agencia y las demás partes interesadas.

La Agencia mantiene también relaciones institucionales estrechas a nivel internacional, europeo y nacional, en particular con el Consejo de Europa, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), las agencias competentes de la UE, las organizaciones gubernamentales y los organismos públicos, incluidas las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos. El objetivo es cooperar y evitar duplicaciones de trabajo.

En lo que respecta a la violencia contra la mujer, la Agencia Europea de los Derechos Fundamentales (FRA) ha llevado a cabo la primera encuesta a escala de la Unión Europea sobre violencia de género Se abrirá en una ventana nueva. .

La FRA inició el proyecto en 2010 a partir de las peticiones de datos sobre la violencia contra las mujer a escala de la UE realizada por el Parlamento Europeo, y que el Consejo de la UE reiteró en sus Conclusiones sobre la erradicación de la violencia contra la mujer en la UE de 2010.

En 2010 se inició un estudio preparatorio cuantitativo y cualitativo en seis Estados miembros para preparar y probar el cuestionario y otros materiales para el trabajo de campo de la encuesta a escala europea.

El trabajo de la encuesta comenzó en 2011 y la recogida de datos se completó en septiembre de 2012.

Durante el desarrollo del proyecto la FRA consultó a las principales partes interesadas sobre el contenido a cubrir y a un grupo de especialistas de encuestas de violencia sobre la mujer sobre los detalles técnicos de la encuesta.

La encuesta de la FRA sobre la violencia de género se basa en entrevistas personales realizadas a 42 000 mujeres en los 28 Estados miembros de la UE, con una media de 1.500 entrevistas por país. Los resultados son representativos de las experiencias y las opiniones de mujeres con edades entre los 18 y los 74 años residentes en la UE. Las entrevistas comprendían preguntas sobre violencia física, sexual y psicológica, victimización durante la infancia, hostigamiento y acoso sexual, incluidos nuevos medios para cometer abusos, como Internet. Se solicitó a las encuestadas que facilitaran información sobre su experiencia personal de diversas formas de violencia, la frecuencia con la que habían sufrido ciertos tipos de violencia y las consecuencias que la violencia había tenido en sus vidas. La encuesta recopiló también información sobre la presentación o no de denuncia a la policía, y sobre el uso por parte de las mujeres de otros servicios que ofrecen asistencia a las víctimas.

La FRA hizo públicos los resultados de la encuesta el 5 de marzo de 2014.

INFORMES SOBRE LA ENCUESTA

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PUBLICACIONES SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

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