Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, conforme establece el artículo 17 de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
El Comité de la CEDAW se compone de 23 expertos sobre los derechos de las mujeres de todo el mundo.
Los Estados parte están obligados a presentar un informe inicial sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la Convención en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de ésta para cada Estado parte y posteriormente cada cuatro años.
Durante sus períodos de sesiones el Comité considera cada informe del Estado parte y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado parte en forma de “observaciones finales».
De conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención, el Comité tiene el mandato de recibir comunicaciones de individuos o grupos de individuos que presentan reclamaciones al Comité de violaciones de los derechos protegidos por la Convención y además iniciar investigaciones sobre situaciones de grave o violaciones sistemáticas de los derechos de la mujer. Estos procedimientos son opcionales y sólo están disponibles cuando el Estado interesado los ha aceptado.
El Comité también formula recomendaciones generales y sugerencias. Las recomendaciones generales están dirigidas a los Estados y afectan a los artículos o temas recogidos en los Convenios.
RECOMENDACIONES GENERALES:
- Recomendación general nº 35 – Violencia por razón de género contra la mujer .
- Recomendación general nº 34 – Derechos de las mujeres rurales
- Recomendación general nº 33 – Acceso de las mujeres a la Justicia.
- Recomendación general nº 30 – Violencia y mujer en conflictos armados.
- Recomendación general nº 27 – Mujeres de edad y la protección de sus derechos humanos.
- Recomendación general nº 26 – Trabajadores migratorias.
- Recomendación general nº 19 – Violencia contra la mujer.
- Recomendación general nº 14 – Circuncisión femenina.